Artículo 90. Estructura interna.
Artículo 90 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Asamblea Balear del Deporte, presidida por el presidente o la presidenta del Gobierno de las Illes Balears o la persona en quien delegue, está integrada por representantes de la administración deportiva de la comunidad autónoma de las Illes Balears, insular y municipal, por todas las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente inscritas y por el resto de entidades que participan en el desarrollo del deporte en las Illes Balears, por deportistas y personas vinculadas al deporte, así como por personas de reconocido prestigio y cualificación en el ámbito del deporte.
2. Se podrán crear comisiones sectoriales para tratar determinadas materias donde estarán representados los estamentos afectados.