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Ley Derogada

Artículo 90. Estructura interna.

Artículo 90 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771

Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Asamblea Balear del Deporte, presidida por el presidente o la presidenta del Gobierno de las Illes Balears o la persona en quien delegue, está integrada por representantes de la administración deportiva de la comunidad autónoma de las Illes Balears, insular y municipal, por todas las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente inscritas y por el resto de entidades que participan en el desarrollo del deporte en las Illes Balears, por deportistas y personas vinculadas al deporte, así como por personas de reconocido prestigio y cualificación en el ámbito del deporte.

2. Se podrán crear comisiones sectoriales para tratar determinadas materias donde estarán representados los estamentos afectados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-15.

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