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Ley Vigente

Artículo 90. Organizaciones de productores.

Artículo 90 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia. · BOE-A-2009-805

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-16.

Texto consolidado

Las organizaciones de productores son entidades reconocidas oficialmente, constituidas a iniciativa de las personas productoras a fin de garantizar el ejercicio racional de la pesca, el marisqueo y la acuicultura y la mejora de las condiciones de venta de su producción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-16.

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