Artículo 90. Objeto.
Artículo 90 de la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina. · BOE-A-2002-8488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-18.
Texto consolidado
El régimen sancionador tiene como objeto garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones en la materia, mediante la aplicación de las medidas contenidas en este título.
De las resoluciones que se adopten en materia de infracciones y sanciones se dará cuenta a la Unión Europea de acuerdo con la normativa vigente.