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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 9. Concesión de nuevas estaciones de servicio.

Artículo 9 del Real Decreto-ley 15/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueban medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia en el sector de hidrocarburos. · BOE-A-1999-19686

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-03.

Texto consolidado

El Ministerio de Fomento, de oficio o a solicitud de cualquier interesado, cuando la ubicación y las características de las áreas de servicio de las carreteras estatales lo permitan, convocará concursos para el otorgamiento, dentro de la misma área, de concesiones independientes para la construcción y explotación de distintas instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-10-03.

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