Artículo 9. Asesores y expertos.
Artículo 9 del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE). · BOE-A-1997-9874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-05-08.
Texto consolidado
A las sesiones del Consejo General y de la Comisión Permanente podrán asistir en calidad de asesores los Directores de Departamento de MUFACE, así como los funcionarios y expertos que estime conveniente el Presidente.
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