Artículo 9. Liquidación de intereses.
Artículo 9 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
Por la liquidación de intereses, cada profesional de la Procura interviniente percibirá la cantidad máxima de 30,09 euros.