Artículo 9. Recurso contra la denegación de inscripción.
Artículo 9 del Real Decreto 1703/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas. · BOE-A-1981-17808
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-08-27.
Texto consolidado
Contra el acuerdo de desestimación de la petición de ingreso en el Colegio Oficial de Físicos se podrá formular recurso de reposición, ante el propio Organismo en los plazos que marca la Ley.
La Junta de Gobierno resolverá los recursos, también en los plazos que la Ley marca, a cuyo efecto recabará del solicitante correspondiente todos los documentos necesarios al caso. Sus resoluciones pondrán fin a la vía administrativa y serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo, conforme a las normas reguladoras de esta jurisdicción.