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Orden Vigente

Artículo 9. Autorización a la Caja pagadora del Centro de Publicaciones.

Artículo 9 de la Orden ISM/48/2021, de 25 de enero, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar. · BOE-A-2021-1194

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.

Texto consolidado

1. Se autoriza a la Caja pagadora del Centro de Publicaciones para realizar funciones de caja restringida de recaudación por la venta de publicaciones del Departamento.

2. Los ingresos serán registrados individualmente y comprobados con las facturas, recibos y demás justificantes de la venta.

Los fondos recaudados serán trasladados semanalmente a la cuenta restringida de recaudación autorizada a tal fin por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

3. El importe de los fondos de la caja restringida de recaudación no podrá exceder de 1.600 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-29.

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