Artículo 9. Competencia.
Artículo 9 de la Orden IET/1071/2013, de 6 de junio, por la que se regula la autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos analógicos. · BOE-A-2013-6413
Atención: Orden IET/1071/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La autorización de los talleres a que se refiere esta orden corresponde al órgano competente en materia de industria del territorio de la Comunidad Autónoma donde radiquen las instalaciones en las que se ejerce la actividad, previa solicitud del titular del taller o entidad.
Más artículos de Orden IET/1071/2013
- ← Artículo 8. Requisitos del equipo técnico a utilizar en las intervenciones.
- → Artículo 10. Solicitud de autorización.
- Ver la norma completa: Orden IET/1071/2013, de 6 de junio, por la que se regula la autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos analógicos.