Artículo 9. Estatutos definitivos.
Artículo 9 de la Orden FOM/799/2004, de 10 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos provisionales del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores. · BOE-A-2004-5640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-30.
Texto consolidado
El texto de los Estatutos definitivos será debatido y aprobado en el Pleno del Consejo General y presentado a la Administración del Estado en el plazo de un año desde la formal constitución del Consejo General.