El Vínculo El Vínculo.
Orden Derogada

Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.

Artículo 9 de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. · BOE-A-2007-19071

Atención: Orden FOM/3200/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-04.

Más artículos de Orden FOM/3200/2007

En El Vínculo puedes leer Orden FOM/3200/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.