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Orden Derogada

Artículo 9. Difusión de resultados y acceso a la información.

Artículo 9 de la Orden APA/980/2019, de 25 de septiembre, por la que se regula la realización de estudios en materia de agricultura, pesca y alimentación y se crea el Comité Asesor del Programa de Estudios. · BOE-A-2019-14020

Atención: Orden APA/980/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Sin perjuicio de la difusión que cada Centro directivo considere oportuno realizar de los estudios impulsados por el mismo, con la documentación e información recibidas, la Subdirección General de Análisis, Coordinación y Estadística elaborará:

a) Una memoria o informe de resultados de los estudios ejecutados con expresa indicación de los temas, entidades o personas que los hayan realizado, coste, forma de ejecución y principales resultados.

b) Un banco de datos de estudios del Departamento.

c) Un fondo documental de estudios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-10-03.

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