Artículo 9. Infracciones y sanciones.
Artículo 9 de la Orden APA/3238/2006, de 13 de octubre, por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo. · BOE-A-2006-18347
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-21.
Texto consolidado
Las infracciones a lo dispuesto en esta orden serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en el Título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.