Artículo 9. Directrices de la política de desarrollo rural.
Artículo 9 de la Ley Foral 17/2003, de 17 de marzo, de Desarrollo Rural de Navarra. · BOE-A-2003-8525
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-22.
Texto consolidado
El Gobierno y las Entidades Locales, llevarán a cabo y ejecutarán las directrices de la política de desarrollo rural contempladas en el Plan Estratégico Plurianual Regional y Comarcal de Desarrollo Rural y ajustarán los programas que integren dicho Plan, pudiendo establecerse los oportunos convenios de colaboración al efecto, en el plazo y forma que se determine.