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Ley Vigente

Artículo 9. Planificación del hecho emigratorio.

Artículo 9 de la Ley 8/2017, de 15 de junio, de la comunidad catalana en el exterior. · BOE-A-2017-7817

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-21.

Texto consolidado

1. El Gobierno desarrolla acciones de planificación estratégica y programación de carácter transversal del fenómeno emigratorio, con el objetivo de dotarse de instrumentos y políticas sectoriales coordinadas para abordar, de modo integral, el hecho emigratorio.

2. El Gobierno impulsa el estudio de la trayectoria y realidad del hecho migratorio catalán, con el objetivo de su difusión entre la ciudadanía de Cataluña, y vela por la integración expresa y operativa de la perspectiva de género y de las mujeres.

3. Corresponden al departamento competente en materia de migraciones el impulso estratégico y la coordinación de los programas que impliquen a más de un organismo del Gobierno, sin perjuicio del desarrollo sectorial que los departamentos afectados por razón de la materia realicen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-06-21.

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