Artículo 9. Competencias.
Artículo 9 de la Ley 7/2002, de 18 de octubre, de Sanidad Animal de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2002-21675
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-01.
Texto consolidado
Corresponde a la Consejería con competencias en materia de ganadería, de conformidad con la normativa comunitaria y estatal, el desarrollo y puesta en funcionamiento de los distintos componentes de los SIRMA que se establezcan.