Artículo 9. Clasificación.
Artículo 9 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias. · BOE-A-1998-18466
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-16.
Texto consolidado
A los efectos de la presente Ley, los terrenos se clasificarán en terrenos de aprovechamiento cinegético común y en terrenos sometidos a régimen cinegético especial.