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Ley Vigente

Artículo 9. Miembros eméritos.

Artículo 9 de la Ley 6/2022, de 29 de junio, del Real Instituto de Estudios Asturianos. · BOE-A-2022-11962

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-28.

Texto consolidado

1. Los miembros de número podrán adquirir voluntariamente la condición de eméritos al cumplir setenta y cinco años y cuando, por motivos de salud, así lo soliciten. Asimismo, los miembros de número adquirirán la condición de eméritos al dejar de residir en el Principado de Asturias. Dicha condición exime de justificar los posibles incumplimientos de las obligaciones académicas.

2. El nombramiento como emérito implicará la liberación y convocatoria de provisión de una vacante de miembro de número.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-28.

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