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Ley Derogada

Artículo 9. Derecho a un espacio personalizado.

Artículo 9 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334

Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los ciudadanos y las empresas, en las relaciones con el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, tienen derecho a disponer de un espacio personalizado en la sede electrónica en el que, debidamente identificados y autenticados, puedan, de forma sencilla, llevar a cabo las siguientes acciones:

a) Conocer el estado de tramitación de los procedimientos que les afecten.

b) Acceder a la documentación anexada a los trámites y gestiones efectuados electrónicamente.

c) Recibir el documento acreditativo de la resolución del procedimiento iniciado electrónicamente.

d) Acceder a las notificaciones y comunicaciones que les envía la Administración.

e) Acceder a su perfil y modificarlo en su caso.

2. El sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja debe incorporar al espacio personalizado del ciudadano y la empresa, de forma progresiva, los documentos y la información necesarios para iniciar la tramitación de los procedimientos que, sobre la base de la información de que la Administración de la Comunidad dispone, debe llevar a cabo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-23.

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