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Ley Derogada

Artículo 10. Sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 10 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334

Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La sede electrónica es la dirección electrónica a través de la cual los ciudadanos acceden a la información, servicios y trámites electrónicos, que representa una fuente de información auténtica en la que el organismo titular identificado con la sede garantiza responsablemente la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que se puede acceder a través de esta.

2. La dirección de referencia de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja será: www.larioja.org.

3. Las entidades públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja impulsarán la incorporación de los medios electrónicos para agilizar y mejorar la eficiencia y eficacia de sus relaciones con las empresas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-23.

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