El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 11. Creación de sedes electrónicas por los organismos y entes del sector público.

Artículo 11 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334

Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La creación de una o varias sedes electrónicas por parte de las diferentes entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley se ajustará al protocolo que se establezca para su creación que, en todo caso, respetará los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-23.

Más artículos de Ley 5/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.