Artículo 9. Medios técnicos.
Artículo 9 de la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja. · BOE-A-2010-9108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-22.
Texto consolidado
Las características de los medios técnicos y defensivos que deberán utilizar las Policías Locales serán homogéneas en toda la Comunidad Autónoma de La Rioja. El Gobierno de La Rioja dictará normas encaminadas a conseguir dicha homogeneización. Las administraciones locales competentes tienen la obligación de proporcionarlos. Los signos externos de distinción e identificación serán iguales para todos y se complementarán con los propios de cada Ayuntamiento.