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Ley Vigente

Artículo 9. Normas de valoración.

Artículo 9 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. · BOE-A-2002-25039

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-25.

Texto consolidado

Los bienes y derechos integrantes del patrimonio resultante de la disolución de una entidad sin fines lucrativos que se transmitan a otra entidad sin fines lucrativos, en aplicación de lo previsto en el número 6.º del artículo 3 de esta Ley, se valorarán en la adquirente, a efectos fiscales, por los mismos valores que tenían en la entidad disuelta antes de realizarse la transmisión, manteniéndose igualmente la fecha de adquisición por parte de la entidad disuelta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-25.

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