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Ley Vigente

Artículo 9. Principios de gestión.

Artículo 9 de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6875

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-26.

Texto consolidado

1. La gestión del Registro se inspira en los principios de unidad, descentralización, ventanilla única y acceso por medios electrónicos en los términos establecidos en la normativa vigente en la materia. Asimismo se garantizará, en los casos y forma que proceda, la interoperabilidad técnica entre registros de forma que sea posible el intercambio electrónico de información entre las administraciones públicas implicadas, incluidas las de los demás estados miembros de la Unión Europea.

2. En el Registro de Actividades Comerciales se integran los registros especiales de las empresas de venta a distancia, de franquiciadoras, de empresas de venta a domicilio, de mercados de venta no sedentaria, de ferias y el de asociaciones de comerciantes.

3. Reglamentariamente se determinarán los procedimientos de gestión de todos los registros, así como las fórmulas de colaboración y coordinación con las administraciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-26.

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