Artículo 9. El Consejo Asesor.
Artículo 9 de la Ley 3/1999, de 11 de marzo, de Creación del Instituto Energético de Galicia. · BOE-A-1999-8587
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-02-19.
Texto consolidado
1. El Consejo Asesor es un órgano de carácter consultivo y de asesoramiento, en el cual participarán o estarán representadas instituciones o sociedades del ámbito energético gallego, públicas o privadas, a fin de coordinar los esfuerzos conducentes a la consecución de los objetivos básicos del Instituto.
2. El Presidente del Consejo de Administración será el Presidente del Consejo Asesor.
3. Su composición y funcionamiento se determinará reglamentariamente.