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Ley Vigente

Artículo 9. Compensación de deudas.

Artículo 9 de la Ley 2/2012, de 14 de junio, de Medidas Urgentes de Apoyo a la Iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-9062

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-21.

Texto consolidado

En el marco de los procedimientos específicos para la compensación de deudas de naturaleza pública, las empresas podrán solicitar la compensación de las deudas que mantengan con la Generalitat con los créditos reconocidos por ésta a su favor por actos administrativos, ya tengan origen tributario o no tributario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-06-21.

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