Artículo 9. Estudio e investigación.
Artículo 9 de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias, en las Illes Balears. · BOE-A-1998-10998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-03-22.
Texto consolidado
El Gobierno de la Comunidad Autónoma y el conjunto de Administraciones Públicas en las Illes Balears promoverán el estudio de los riesgos que puedan afectar a la población, a los animales, a los bienes y al medio ambiente, y la investigación sobre los medios y las técnicas de respuesta, así como los estudios sociológicos necesarios para determinar las necesidades informativas de la población. Con esta finalidad se podrán establecer Convenios y acordar formas de colaboración con la Universidad de las Illes Balears y otras instituciones relacionadas con la materia.