Artículo 9. Modificación de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.
Artículo 9 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública. · BOE-A-2001-2481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.
Texto consolidado
En el artículo 38 de la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears, se incluye el siguiente apartado:
«3. Los cursos dirigidos a los miembros de las agrupaciones de voluntarios de protección civil, cuyos reglamentos se hayan aprobado por las corporaciones locales, quedarán eximidos del pago de las tasas y de la inscripción a los procesos selectivos para el acceso a los cursos del Instituto Balear de Seguridad Pública, previstos en los números 1 y 2 de este artículo.»
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