Artículo 9.
Artículo 9 de la Ley 11/1984, de 15 de octubre, de Salud Escolar para el Principado de Asturias. · BOE-A-1984-25226
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-10-22.
Texto consolidado
La Consejería de Sanidad, en base a situaciones epidemiológicas concretas, podrá disponer la ejecución de acciones sanitarias especificas en el ámbito del colectivo sujeto a la presente Ley.