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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 9. Recursos humanos.

Artículo 9 de la Ley 1/2008, de 17 de abril, de creación de la Empresa Pública de Gestión de Suelo de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2008-13683

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-22.

Texto consolidado

1. Los estatutos sociales deberán contemplar la forma de provisión de puestos de trabajo, con arreglo a los principios de publicidad, mérito, capacidad e igualdad, cuyos titulares quedarán vinculados a la empresa por una relación de carácter laboral.

2. El personal directivo de la empresa pública podrá ser libremente nombrado y separado, debiendo fijar los estatutos sociales los puestos de ese carácter.

3. El personal directivo de la empresa pública estará obligado a formular la declaración de actividades, bienes y rentas establecida en el artículo 20 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo, de igual manera estará sujeto a idénticas condiciones de dedicación exclusiva e incompatibilidad que los miembros del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha.

4. El personal funcionario que pase a prestar sus servicios en puestos directivos quedarán en la situación administrativa de servicios especiales cuando concurran las circunstancias exigidas en el artículo 87.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.#df-9

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha..

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