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Decreto-ley Vigente

Artículo 9. Identificación, representación y firma de los solicitantes.

Artículo 9 del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del plan corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura. · BOE-A-2021-13902

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-16.

Texto consolidado

1. Los interesados o, en su caso, sus representantes deberán identificarse electrónicamente a través de DNI electrónico u otros certificados electrónicos cualificados de firma electrónica.

2. La representación se realizará mediante la comparecencia electrónica del interesado en el sitio web ayudassolvenciacovid.juntaex.es.

3. Los interesados o, en su caso, sus representantes deberán firmar a través de DNI electrónico u otros certificados electrónicos cualificados de firma electrónica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-16.

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