Artículo 89. Publicidad institucional.
Artículo 89 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. · BOE-A-2007-4233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-02.
Texto consolidado
Una ley del Parlamento de las Illes Balears regulará la publicidad institucional en sus diversas formas.