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Ley Foral Vigente

Artículo 89. Infracciones muy graves en materia deportiva.

Artículo 89 de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra. · BOE-A-2001-15675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-16.

Texto consolidado

Se considerarán infracciones muy graves en materia deportiva:

a) La organización de competiciones deportivas, aparentando su oficialidad, cuando se ponga en peligro la seguridad e integridad de los deportistas.

b) La reincidencia en la comisión de infracciones graves de esta naturaleza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-16.

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