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Ley Vigente

Artículo 89. Políticas de prevención en materia de formación y empleo.

Artículo 89 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

Texto consolidado

Las políticas de prevención en materia de formación y empleo tienen como objetivos principales:

a) La elaboración de programas de ayuda y orientación socio-laboral dirigidos especialmente a personas menores de edad en situación de riesgo, vulnerabilidad y desprotección social y a jóvenes con dificultades sociales o que hayan salido de instituciones de protección e inserción de menores de edad.

b) La formación y la orientación para el empleo.

c) El fomento del empleo joven, con especial apoyo a las personas que, por sus circunstancias personales o sociales, encuentran más dificultades a la incorporación laboral.

d) El control y la vigilancia de la normativa laboral, en especial respecto a situaciones de explotación laboral.

e) El cumplimiento de los fines que recoge la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

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