El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 89. Principios de régimen jurídico.

Artículo 89 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-18545

Atención: Ley 6/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se regulará por ley, el ámbito concreto y las funciones específicas, así como la composición y el régimen general de organización y funcionamiento de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.

2. El contenido de las deliberaciones y propuestas de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, se someterán a los órganos competentes de las distintas instituciones representadas, para su consideración y valoración.

3. La designación de la representación de la iniciativa social en los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia se realizará siguiendo los principios de igualdad, concurrencia, publicidad y objetividad.

4. Se incorporan a la estructura de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los órganos colegiados de coordinación y estructuras análogas dependientes de las Administraciones Públicas, cuyo ámbito subjetivo se limite a los menores de edad y cuyo ámbito territorial no exceda el de la Comunidad de Madrid.#da-8.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-20.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 6/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.