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Ley Vigente

Artículo 89. Delegación de guarda para salidas, estancias o vacaciones.

Artículo 89 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-14347

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-16.

Texto consolidado

La delegación de la guarda en estos casos se realizará en familias o entidades colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-16.

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