Artículo 89. Modificación de los estatutos sociales.
Artículo 89 de la Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas. · BOE-A-2015-9140
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-05.
Texto consolidado
Los acuerdos sobre la modificación de los estatutos sociales han de ser adoptados por una mayoría de dos tercios del número de votos sociales de los asistentes a la asamblea general. Sin embargo, para el cambio de domicilio social dentro del mismo término municipal basta con el acuerdo del consejo rector.