Artículo 88. El organigrama del Banco de España.
Artículo 88 de la Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España. · BOE-A-2000-6533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-10.
Texto consolidado
1. La Comisión Ejecutiva es el órgano competente para aprobar la definición y modificaciones del organigrama del Banco de España, debiendo dar cuenta de la aprobación al Consejo de Gobierno.
2. La competencia para la aprobación del organigrama no es delegable.
3. El organigrama del Banco de España se hará público, para conocimiento de los empleados, bajo la forma de Anuncio.
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