Artículo 88. Mecanismos de garantía.
Artículo 88 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía. · BOE-A-2016-7566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-22.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía, en el ejercicio de sus competencias, velará por la salvaguarda de los derechos de seguridad y salud de las personas consumidoras o destinatarias de los servicios deportivos mediante el establecimiento de los oportunos sistemas de control e inspección, a posteriori, de las condiciones para el ejercicio de las profesiones del deporte reguladas en la presente ley.
2. La Consejería competente en materia de deporte ejercerá las funciones de control e inspección en materia de su competencia a través de la Inspección de Deporte, sin perjuicio de las competencias propias de la Inspección educativa.