Artículo 87. Colaboración entre Administraciones Públicas.
Artículo 87 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2010-14849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-08.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad de Castilla y León podrá establecer cauces de cooperación y colaboración con otras Administraciones Públicas, especialmente con las entidades locales de Castilla y León, mediante la celebración de convenios en los que se establecerán el contenido, alcance, procedimientos y características de la mutua colaboración para la programación, planificación, impulso, ejecución, seguimiento y control de la política de vivienda en Castilla y León.