Artículo 87. Coordinación.
Artículo 87 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón. · BOA-d-2015-90531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-07.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para que las acciones o inversiones de las distintas Administraciones Públicas actuantes en los territorios delimitados como Áreas de influencia socioeconómica de espacios naturales protegidos puedan tener la consideración de prioritarias, sin perjuicio de los cometidos propios de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.