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Ley Vigente

Artículo 86. Sanciones a la entidad por la comisión de infracciones graves.

Artículo 86 de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10724

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-18.

Texto consolidado

Por la comisión de infracciones graves se impondrá a la Caja de Ahorros una o más de las siguientes sanciones:

a) Multa por importe de hasta el medio por ciento de sus recursos propios, o hasta 150.000 euros si aquel porcentaje fuera inferior a esta cifra.

b) Amonestación pública con publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-18.

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