Artículo 86.
Artículo 86 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021. · BOE-A-2021-1859
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Se añade una disposición adicional cuarta en la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de la Generalitat, de Comercio de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional cuarta. Comunicación.
En los procedimientos que incoen los departamentos de la Generalitat y el resto de entes públicos y privados dependientes o a ellos vinculados, de elaboración de disposiciones de carácter general, de aprobación de convenios, convocatorias de ayudas o subvenciones y el resto de procedimientos administrativos en que sean destinatarias, beneficiarias o partes interesadas cualesquiera de las Instituciones feriales de la Comunitat Valenciana o cualquiera de las ferias comerciales oficiales, es preceptiva la puesta en conocimiento de ello a la Conselleria competente en materia de Comercio.»