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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 86. Faltas muy graves.

Artículo 86 del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia. · BORM-s-2001-90004

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-13.

Texto consolidado

Constituyen faltas muy graves:

a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución o al Estatuto de Autonomía, en el ejercicio de la Función Pública.

b) Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, afiliación política o sindical, opinión, lugar de nacimiento o vecindad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

c) El abandono del servicio.

d) La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos.

e) La publicación o la utilización indebida de secretos oficiales así declarados por Ley o clasificados como tales.

f) La falta notoria de rendimiento cuando suponga inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.

g) La violación de la imparcialidad política, utilizando facultades públicas con el fin de influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito.

h) El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.

i) La obstaculización del ejercicio de las libertades públicas y de los derechos sindicales.

j) La realización de actos dirigidos a coartar el ejercicio legal del derecho de huelga.

k) La participación en huelgas cuando esté expresamente prohibido por la Ley.

l) El incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos en caso de huelga.

m) La realización de actos limitativos de la libre expresión del pensamiento, ideas y opiniones.

n) Causar daños muy graves por negligencia inexcusable o mala fe en el patrimonio de la Comunidad Autónoma.

ñ) Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas calificadas como graves en el periodo de un año.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-05-13.

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