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Orden Vigente

Artículo 85. Solicitudes y documentación.

Artículo 85 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2009-16839

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-25.

Texto consolidado

En las solicitudes, además de lo indicado en el artículo 15, deberá constar la información siguiente, acompañada en su caso de la documentación que corresponda:

a) Certificado de nacionalidad española de la película.

b) Escrito del festival o premio en el que se acredite la invitación oficial a la película.

c) Plan de promoción completo, especificando todas las acciones a realizar, acompañado de un presupuesto.

d) Relación de las ayudas obtenidas de o solicitadas a cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, en relación con la actuación objeto de solicitud de subvención.

e) En el caso de solicitud conjunta, además de la documentación anterior para cada una de las empresas solicitantes, escrito estableciendo qué empresa percibirá la ayuda, los compromisos que asumen en la realización de la actuación subvencionada y los porcentajes a aplicar para la distribución de la subvención entre las empresas beneficiarias.

f) Cuando se trate de festivales o premios ya celebrados, se deberá acompañar la relación de los gastos de promoción efectuados relativos a la participación de la película, acompañada de una memoria explicativa de la campaña de promoción realizada.

g) Entrega al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales de un DVD y de material promocional de la película. De no existir en el momento de la solicitud, deberá aportarse, en todo caso, antes del pago.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-25.

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