El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 85. Seguimiento y control.

Artículo 85 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León. · BOE-A-2009-7698

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-16.

Texto consolidado

1. La consejería competente en materia de montes realizará el seguimiento de los efectos que pudieran producir sobre los ecosistemas forestales las plagas, enfermedades y toda clase de agentes de degradación.

2. A tal fin, se establecerá y mantendrá actualizada una red de detección y seguimiento de plagas y enfermedades forestales que permita evaluar el estado sanitario de las masas forestales de la Comunidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-05-16.

Más artículos de Ley 3/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.