El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 85. Composición del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales.

Artículo 85 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. · BOE-A-2016-4171

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-15.

Texto consolidado

1. El Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales estará presidido por la consejera o consejero del Gobierno Vasco que tenga atribuidas las competencias en materia de régimen local o en quien delegue.

2. Las funciones de secretaría del consejo serán ejercidas por una o un alto cargo de la viceconsejería que tenga atribuidas las competencias en materia de régimen local.

3. El consejo se compondrá de un total de dieciocho vocales: seis en representación del Gobierno Vasco, dos de cada una de las diputaciones forales, y seis correspondientes a los municipios. La designación de los miembros que representen al Gobierno Vasco corresponderá al lehendakari; la representación de las diputaciones forales será designada de conformidad a su normativa foral, y la correspondiente a los municipios será designada por el lehendakari a propuesta de la asociación de municipios vascos de mayor implantación. Dicha propuesta deberá recaer necesariamente a favor de quienes ostenten la condición de alcaldesa o alcalde o concejala o concejal. En la designación de la representación local se atenderá preferentemente a criterios territoriales y de género, y a la salvaguarda de la presencia de municipios de diferentes tamaños, de modo que al menos un tercio de los representantes municipales sean electos de municipios con población inferior a 5.000 habitantes.

4. Los miembros del consejo serán designados por un periodo de cuatro años y se mantendrán en sus cargos hasta que sean cesados por la institución que los nombró o concurra alguna causa de cese legal o que esté prevista en las normas de funcionamiento aprobadas por el propio consejo.

5. El Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales, para cumplir sus funciones, dispondrá de los medios y recursos necesarios para garantizar su correcto funcionamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-04-15.

Más artículos de Ley 2/2016

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.