Artículo 85. Ámbito de aplicación.
Artículo 85 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia. · DOG-g-2005-90025
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-28.
Texto consolidado
Las cajas de ahorros sometidas al presente texto refundido, así como las personas que tengan cargos de administración o dirección en ellas, serán sancionadas por las infracciones que pudiesen cometer, de acuerdo con lo dispuesto en este texto refundido.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2005
- ← Artículo 84. Control de las cajas con domicilio fuera de Galicia.
- → Artículo 86. Clases de infracciones.
- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia.