Artículo 84. Tasa por la expedición del Pasaporte.
Artículo 84 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. · BOE-A-2010-19703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Con efectos de 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, el importe de la tasa por expedición del Pasaporte, regulado en el Decreto 466/1960, de 10 de marzo, queda establecido en 25 euros.