Artículo 84.
Artículo 84 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. · BOE-A-1992-15996
Atención: Ley 2/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Agravarán la infracción:
1. Ejecutar el hecho constitutivo de infracción aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otra persona, que faciliten la impunidad.
2. Aumentar deliberadamente el daño causando otros innecesarios.
3. Cometer la infracción mediante precio, recompensa o promesa.